Determinar la elegibilidad y solicitar estatus de asilo o refugiado en EE.UU. no es nada fácil. En primer lugar, recomendamos hablar con un abogado experimentado, si es posible. Por otra parte, te invitamos a leer la siguiente información para conocer si eres elegible o calificas para obtener asilo o refugio en Estados Unidos.
Si has huido de tu país de origen, podrías calificar para obtener un estatus de asilo o refugiado en EE.UU.
El estatus de asilo o refugiado en EE.UU. son dos modalidades de protección legal especial, que están disponibles para aquellos individuos que han huido de su país de origen por su seguridad y tienen temor de regresar a cualquier lugar de esa nación. Si consigue reubicarse y vivir de forma segura en el interior de su país de origen, no podrá probar que tiene un temor instituido de persecución y no se le otorgará asilo o refugio en los Estados Unidos.
Por supuesto, no todo el mundo cumple los requerimientos para recibir el estatus de asilo o refugiado en EE.UU. Los solicitantes deben reunir requisitos rigurosos, como explicaremos en este post. En especial, deberá demostrar dos cosas:
- No puede o no quiere retornar a su país de origen, debido a que ha experimentado persecución allí anteriormente o tiene un miedo instituido de ser perseguido si vuelve.
- El motivo por el que ha sido (o será) perseguido está vinculado con una de 5 razones: nacionalidad, raza, religión, pertenencia a un grupo social específico u opinión política.
Veamos detalladamente los requisitos más relevantes.
¿Cómo se define la persecución a los efectos de solicitar estatus de asilo o refugiado en EE.UU.?
Persecución quiere decir acosar, castigar, herir, oprimir o provocar, de cualquier otro modo, que una persona sufra maltrato físico o psicológico.
La ley de inmigración de EE.UU. no detalla ejemplos específicos de los tipos de persecución que podrían dar derecho a un individuo a recibir estatus de asilo o refugiado. Aun así, con base en la legislación que se ha desarrollado mediante casos judiciales, se ha podido conocer que estos pueden incluir hechos como violencia, torturas, amenazas, aprisionamiento inapropiado, negación de derechos humanos o libertades fundamentales.
Auténticamente, se ha reconocido la necesidad de asilo o condición de refugiado en circunstancias en las que un gobierno extranjero ha:
- Adeptos políticos presos y torturados o supuestos despreciables.
- Dispararon armas contra los manifestantes.
- Cometió genocidio contra una raza en particular.
- Se cercioró de que los integrantes de una religión en particular quedaran excluidos del proceso político.
- Entre otros.
Inclusive, si un gobierno extranjero no interviene mientras alguien más perpetra actos de persecución (por ejemplo, si las autoridades no quieren o no pueden ejercer control, mientras integrantes de un grupo de justicieros se unen contra lesbianas y gays; o mientras integrantes de un grupo guerrillero amenazan o secuestran a personas que no se unen voluntariamente a ellos), esto también puede calificar como persecución, lo que respaldaría una solicitud de estatus de asilo o refugiado en EE.UU.
Hay un tipo de persecución que sí está detallado en la ley: ser obligado a someterse (o el temor a ser obligado a someterse) a un programa de “control de población coercitivo” que está dirigido a víctimas del tipo de aborto y esterilización forzados.
Recuerda también que, tu temor a una persecución futura debe estar “bien instituida”. Es decir, deberás demostrar que tienes al menos una probabilidad de sufrir el daño temido.
¿Cuál es la diferencia entre la condiciona de asilo y la de refugiado en EE.UU.?
Dada la superposición entre la definición legal de asilado y refugiado, ¿Quién debería solicitar asilo y quién debería solicitar la condición de refugiado? Es sencillamente una cuestión de dónde se encuentre la persona al momento de hacer la solicitud.
Las personas que están fuera de los Estados Unidos deben solicitar el estatus de refugiado, por lo general, es mediante el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (aun así, no pueden especificar que les gustaría ir a los EE. UU., ni a ningún país determinado).
Las personas que ya se encuentren dentro de los Estados Unidos (ya sea con una visa o que hayan ingresado ilegalmente) pueden solicitar afirmativamente el estatus de asilo. Pueden hacerlo durante el año posterior a su ingreso (con determinadas excepciones, como, por ejemplo, en caso de cambio de circunstancias).
Si consideras que eres elegible para solicitar asilo en los Estados Unidos
Incluso si crees que eres elegible para recibir asilo en los EE.UU. (es decir, si te encuentras en el país en este momento y has sufrido persecución basada en uno de los 5 motivos legales), aún necesitas preparar una solicitud, que debe ser presentada dentro del año posterior a tu llegada, por supuesto, con ciertas excepciones.
Además, deberás complementar tu solicitud con pruebas que demuestren tu afirmación. Puedes utilizar tu propio testimonio, artículos de periódicos, declaraciones de testigos u otros informes que analicen tu caso o la situación de los derechos humanos en tu país de origen, alegaciones de testigos especializados y otros.
A pesar de que el gobierno estadounidense no cobra una tarifa por presentar la solicitud de asilo, durante la solicitud pueden existir otros costos asociados con el proceso. También, es importante que tengas en cuenta que, aunque puedas cumplir con los criterios anteriores, igualmente puedes recibir una negativa.
¿Qué derechos obtienen los asilados y refugiados en EE.UU.?
Una vez que a un extranjero se le otorga el estatus de asilo o refugiado en EE.UU., puede permanecer en los Estados Unidos de manera indefinida. A los asilados y refugiados se les concede autorización para trabajar y se les permite solicitar una Tarjeta Verde dentro del año posterior a su llegada al país estadunidense como refugiados o a la aprobación del asilo. Aun así, el estatus de asilo puede revocarse si las condiciones en el país de origen cambian de manera que sea seguro para ellos volver.