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Si todavía no sabes qué es lo que debes hacer luego de que haya sido aprobada la regularización chilena, en este post te lo diremos

Una vez que ha sido aprobada la regularización chilena o cuando está a punto de vencerse, debes seguir ciertos pasos necesarios. ¿No sabes de qué se trata? En este post te contaremos todos los detalles acerca de este trámite.


¿Qué es la regularización migratoria?

Se refiere a un proceso que es llevado a cabo por los gobiernos en los momentos en que la migración se incrementa y en el que los procesos cotidianos no están en la capacidad de regular a la totalidad de la población que ingresó al país.

Específicamente, todos aquellos ciudadanos que por alguna razón han caído en situación irregular, puedan quedar exceptuados de pagar una multa y puedan entrar nuevamente en un proceso para ser regulados.


¿Qué hacer después de haber sido aprobada la regularización migratoria?

Si ya te aprobaron la regularización migratoria, no debes preocuparte, ha sido finalizada, sin embargo, debes tener en cuenta lo siguiente:

  • Descarga el estampado electrónico: para que puedas realizar esta acción, tendrás que ingresar a la página de Extranjería y seleccionar la opción “Estampado Electrónico”. Luego, debes hacer clic en “Iniciar”. 
  • Solicita una cita en el Registro Civil: luego de descargar el estampado electrónico, tendrás 30 días para que solicites la cita para que obtengas tu cédula de identidad en el Servicio de Registro Civil e Identificación. Algo que resulta importante resaltar, es que, esto será solo para pedir la cita, no para asistir a ella, por lo tanto, debes tener paciencia y esperar a la fecha que te indique el sistema. Lo más probable es que los registros estén colapsados y las citas estén lejos en el calendario.
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¿Es necesario registrar la visa de regularización ante el PDI?

Desde que entró en vigencia la nueva Ley de Migración y Extranjería N°21.325, el 12 de febrero de 2022, ya no es necesario registrarse en PDI para que te puedan otorgar la cédula de identidad en el Registro Civil. 

Solamente se registrarán las visas otorgadas y descargadas por primera vez antes del 12 de febrero. O sea, que debes registrarla solamente si es tu primera visa.


¿Se puede solicitar una residencia definitiva si la visa de regularización está próxima a vencer?

De acuerdo a lo que establece el Art. 70 de la Ley N°21.325, sí podrás hacer la solicitud de Residencia definitiva, pues, la residencia solicitada antes de la entrada en vigencia de las nuevas categorías migratorias no afecta los derechos ya adquiridos.

Esto quiere decir que, los plazos exigidos en la antigua legislación para la solicitud de Residencia Definitiva de 1 año de residencia temporaria se mantienen. 


¿Quiénes se pueden postular para la regularización?

Según lo que señala la Resolución Exenta N°1769 del 20-04-2021 de la Subsecretaría del Interior, los requisitos de postulación son los que mencionaremos a continuación:

  • Haber ingresado a territorio chileno por paso habilitado antes del 18 de marzo de 2020.
  • Estar en calidad de irregular al momento de la postulación.
  • No debe poseer antecedentes penales, ni en Chile ni en su país de origen.
  • No tener ninguna sanción, bien sea de carácter administrativa o judicial, que esté vinculada a la normativa de extranjería en vigor para el proceso.
  • Haber realizado la postulación dentro de los 180 días después de la publicación de la actual Ley en el Diario Oficial.
  • Contar con el pasaporte vigente o el título de residencia (en caso de no tener el primero) al momento de la postulación.
  • Hacer la cancelación del monto señalado en la resolución exenta. 

Cuando ya se haya realizado la postulación, se le otorgará un permiso de trabajo a los solicitantes mayores de edad, para que así, puedan realizar actividades lícitas remuneradas en el territorio chileno, mientras que su solicitud esté en tramitación.

Con respecto a los menores de edad, la postulación será regida por las reglas generales para la regularización de este tipo de extranjeros. Para estos casos de postulación:

  • Debe llevarse a cabo por el representante del menor de edad, acreditando para ello todos los documentos necesarios que respalden su calidad de representante.
  • Queda exento de pagar el monto que se señala en el numeral 5) de la actual resolución exenta.